La Administración Pública desempeña un papel fundamental en la prestación de servicios esenciales a los ciudadanos. Sin embargo, en ocasiones, su actuación puede causar perjuicios a los particulares. Cuando esto ocurre, el ordenamiento jurídico español permite reclamar una indemnización a través del mecanismo de responsabilidad patrimonial de la Administración.
En este artículo, analizaremos en detalle qué es la responsabilidad patrimonial de la Administración, qué requisitos deben cumplirse para reclamar daños, cómo funciona el procedimiento administrativo y judicial, y qué tipos de indemnización pueden solicitarse.
¿Qué es la responsabilidad patrimonial de la Administración?
La responsabilidad patrimonial de la Administración es el derecho que tienen los ciudadanos a ser indemnizados por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.
Se trata de un principio reconocido en el artículo 106.2 de la Constitución Española, que establece que “Los particulares, en los términos establecidos por la ley, tendrán derecho a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.”
Este concepto está regulado de manera detallada en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPACAP) y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), que establecen los requisitos, plazos y procedimiento para reclamar esta indemnización.
Requisitos para que exista responsabilidad patrimonial de la Administración
Para que prospere una reclamación patrimonial contra la Administración, deben concurrir los siguientes requisitos:
1. Existencia de un daño efectivo
El perjuicio debe ser real, evaluable económicamente y no tener el deber de soportarlo legalmente. No se pueden reclamar daños hipotéticos o futuros. Por ejemplo, si una persona sufre una caída debido al mal estado de la vía pública y se lesiona, podrá acreditar el daño con informes médicos y de tratamiento.
2. Relación de causalidad
Debe existir un vínculo directo entre la actuación de la Administración y el daño sufrido. No basta con que el daño ocurra en el ámbito de actuación de la Administración, sino que debe demostrarse que la actuación (o inacción) de la Administración ha sido la causa directa del perjuicio.
3. Falta de deber jurídico de soportarlo
El daño no debe estar dentro del riesgo que los ciudadanos deben asumir en su relación con la Administración. Por ejemplo, si una persona pierde su trabajo porque se anula su oposición por un error administrativo, el perjuicio no es un riesgo inherente a la vida en sociedad, sino un daño ilegítimo que puede dar derecho a indemnización.
4. Funcionamiento normal o anormal de la Administración
El daño puede deberse tanto a un funcionamiento anormal (negligencia administrativa) como a un funcionamiento normal de los servicios públicos (cuando la Administración actúa correctamente, pero aun así causa un perjuicio).
Por ejemplo, si un paciente sufre secuelas por un error en una intervención quirúrgica en un hospital público, puede haber responsabilidad patrimonial por mala praxis médica.
5. Ausencia de fuerza mayor
No se podrá reclamar si el daño ha sido causado por una circunstancia imprevisible e inevitable que escape al control de la Administración.
Procedimiento para reclamar la responsabilidad patrimonial de la Administración
El procedimiento para reclamar la responsabilidad patrimonial de la Administración está regulado en los artículos 66 y siguientes de la LPACAP:
a) Plazos para reclamar
El artículo 67 de la LPACAP establece que el plazo para reclamar la responsabilidad patrimonial es de un año desde que se haya producido el hecho que originó el daño o desde la curación de las lesiones si se trata de daños físicos o psíquicos sufridos por la persona que quiera reclamar.
En caso de que la indemnización se solicite por la anulación de un acto o norma en vía administrativa o judicial, el plazo de un año comenzará a contar desde la notificación de la resolución o sentencia definitiva.
b) Presentación de la reclamación
La reclamación debe dirigirse a la Administración pública responsable del daño, ya sea estatal, autonómica o local. La solicitud debe incluir:
- Identificación del reclamante.
- Descripción detallada de los hechos.
- Justificación del daño sufrido (informes médicos, facturas, peritajes, etc.).
- Cálculo de la indemnización solicitada.
- Alegación de la normativa aplicable que fundamenta la responsabilidad.
c) Resolución de la Administración
Tras la presentación, la Administración abre un expediente e investiga los hechos. Puede solicitar informes periciales y recabar más documentación.
La Administración dispone de seis meses para resolver la reclamación. Si no responde en ese plazo, se entenderá que la solicitud ha sido desestimada por silencio administrativo, lo que permitirá al afectado acudir a la vía de recursos.
d) Recursos
La Administración puede estimar o desestimar la reclamación. Si se deniega, el reclamante puede interponer:
- Recurso administrativo de reposición (opcional).
- Recurso contencioso-administrativo
Vía judicial: recurso contencioso-administrativo
Si la Administración rechaza la reclamación o no responde, el afectado puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
El recurso debe interponerse en el plazo de dos meses desde la notificación expresa de la denegación de la reclamación o desde que se entiende que se ha denegado la misma por silencio negativo. En este procedimiento es fundamental contar con un abogado y un procurador.
Casos frecuentes de responsabilidad patrimonial de la Administración
Algunos ejemplos comunes de responsabilidad patrimonial incluyen:
- Mal estado de la vía pública: Una persona sufre una caída debido a un bache no reparado en la calzada.
- Negligencias médicas en la sanidad pública: Un paciente es intervenido erróneamente en un hospital público.
- Errores en procedimientos administrativos: Anulación de una oposición por errores en la convocatoria.
- Daños causados por obras públicas: Inundaciones en viviendas por defectos en una obra pública.
- Accidentes de tráfico por falta de mantenimiento de la carretera: Desprendimiento de un desprendimiento de rocas que causa un accidente.
Indemnización del daño y cuantía
La indemnización debe restituir al perjudicado en la situación anterior al daño. Para su cálculo, se pueden emplear criterios como:
- Valoración del perjuicio económico real (facturas, salarios perdidos, lucro cesante).
- Aplicación del Baremo de accidentes de tráfico en casos de daños personales.
- Peritajes en casos de daños materiales.
En conclusión
La responsabilidad patrimonial de la Administración es una herramienta fundamental para que los ciudadanos puedan reclamar los daños sufridos por el funcionamiento de los servicios públicos. Para tener éxito en la reclamación, es clave demostrar la relación de causalidad, presentar pruebas sólidas y actuar dentro de los plazos establecidos. En caso de negativa por parte de la Administración, la vía contencioso-administrativa es el último recurso para obtener la indemnización justa.
Es recomendable contar desde el inicio con asesoramiento legal para garantizar una reclamación sólida y aumentar las posibilidades de éxito.
